En el Siglo XIX se prohibió mendigar sin licencia municipal. Esta y otras curiosidades nos las cuenta la historiadora complutense María Jesús Vázquez Madruga
LAS CHAPAS DE LOS POBRES
Siempre hubo pobres, mendigos, indigentes, pero en épocas de epidemias la pobreza y el hambre se agudizaban hasta la muerte por inanición. Por lo que al número de fallecidos por la epidemia de turno, se sumaban aquellos que morían por falta de alimento o por otras enfermedades sufridas por las malas condiciones de vida y por la debilidad, fruto de la escasísima alimentación.
En Alcalá, como en todas partes, siempre hubo mendigos. Pobres que llamaban “de solemnidad” que vagaban por las calles pidiendo limosna o que se situaban a las puertas de los templos, como hoy, o en esquinas concurridas (foto inferior Catedral Magistral).
Pero el Ayuntamiento controlaba, o al menos lo intentaba, la población de pobres de la ciudad mediante las Ordenanzas Municipales y la acción de los alguaciles de turno que velaban porque éstas se cumplieran.
Por ejemplo, en las Ordenanzas de 1851, art. 44-53, se prohibía mendigar sin licencia municipal. Cada año, el consistorio realizaba una matrícula o censo de mendigos residentes y se les daba una chapa numerada, que debían llevar bien a la vista mientras ejercían la mendicidad por las calles.
Así, todo aquel que se declaraba pobre de solemnidad, podía obtener su chapa, una vez que el Ayuntamiento comprobaba su situación y estado real. Eso sí, no podía utilizarla nadie más, porque cada número correspondía a una persona concreta y en ese caso se le retiraba la chapa, aunque le sustituyera un familiar, lo que le impediría ejercer la mendicidad, tanto en la ciudad como en los arrabales y su término municipal.
Pero el hecho de obtener la chapa, conllevaba que las autoridades municipales podían obligarles a trabajar en obras públicas siempre que fuera necesario, cobrando no menos de 3 reales de jornal.
En estas Ordenanzas, los transeúntes podían permanecer una noche, una vez se identificaban y obtenían su papeleta. Generalmente dormían en el antiguo hospital de Santa María La Rica (Foto inferior Google Street Maps. Antiguo Hospital, hoy Concejalía de Cultura).
Años más tarde, en 1874, las Ordenanzas establecen, además de la obligatoriedad de llevar las chapas, que nadie de limosna a quienes no las tengan a la vista, castigando también a los que dieran a éstos limosna. En éstas Ordenanzas se establece además, que los transeúntes podían quedarse 48 horas en la ciudad.
En su afán de controlar la población mendicante de la ciudad, el Ayuntamiento solía hacer censos de pobres, por ejemplo, es interesante el de 1857. En él vemos que la mayoría de los mendigos superaban los 50 años; había uno de 90 y cinco tenían más de 80 años, algo extraordinario para la época. 77 eran viudas, 10 de ellas con 5 o más hijos y una con un hijo ciego. Además, por los lugares donde dicen vivir, estaban muy repartidos por todos los barrios de la ciudad, por lo que no se puede afirmar que hubiera zonas concretas, una calle o un barrio, donde residían los mendigos.
También ha existido siempre el estraperlo, o lo que es lo mismo, el intento de no pagar impuestos por cualquier mercancía. Hasta hoy.
El ingenio, la agudeza y la picaresca están presentes en esta práctica tan antigua. Los más mayores puede que recuerden los fielatos que existían fuera de las puertas de entrada a la ciudad, donde se cobraban los impuestos de los productos que entraban en Alcalá, susceptibles de venta.
Naturalmente, la mayor parte de los intentos se producían de noche y por varias personas a la vez, para así, alguno de ellos tener posibilidad de escapar con el producto.
Así, por ejemplo, el 3 de diciembre de 1894, el guarda de servicio en la Puerta de Aguadores (foto superior Google Street Maps), Prudencio Núñez, decomisó 2 kilos de tocino fresco a Cesáreo Lucas y 4 kilos a Dionisio Carmona (jornalero, viudo de 37 años) quien llevaba también una cabeza de cerdo y huyó, pero al ser alcanzado, arrebató el bastón al guarda y le arrojó piedras, de modo que finalmente le multan con 5 pts., a pagar en 3 días por infracción del art. 141 de las Ordenanzas.
Poco después multan a Mª Alcaraz con una peseta. Era más complicado en el caso de las mujeres, pues podían esconder los productos entre sus faldas y enaguas, amén de que la decencia no permitía el examen ni visual ni táctil de las mismas. Esa es una razón de peso que animaba a muchas mujeres a ejercer este fraudulento comercio. Pero no la única, porque quedar viuda con hijos pequeños a los que alimentar o llegar a la vejez sin familia ni medios era durísimo.
En cuanto al peso del pan, si bien las autoridades solían vigilarlo, hay constancia de engaño en muchas ocasiones. Sirva como ejemplo ésta: En 1897 se multa a Vicente Saldaña, en cuya casa de la calle Mayor metió su empleado Eusebio Andrés, nada menos que 35 panes sin haber pasado antes por el peso obligatorio. La multa consistió en 25 pts., a pagar en 10 días y aunque recurrió la multa, no consiguió nada y tuvo que pagar la cuantía total.
Hace tiempo ya que cayó en desuso la vigilancia de pesos y medidas a pesar de vivir en el país de la picaresca. Hoy, nadie debería extrañarse si al llegar a casa y pesar lo comprado, no coinciden las cantidades porque nadie vigila los pesos y, no nos engañemos, en el mundo digital también hay fraudes.
Por María Jesús Vázquez Madruga.
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