Condenados por presunto plagio un catedrático y un profesor de la universidad de Alcalá, según ABC

La noticia la ha adelantado ABC. Según el diario, el juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid ha condenado por vulneración de los derechos de autor a dos profesores de la Universidad de Alcalá de Henares, José Antonio Gonzalo y Antonio Javier Pérez, por publicar escritos de otro profesor sin su consentimiento. El primero es catedrático de Economía Financiera y Contabilidad y director del Departamento de Economía y Dirección de Empresas de dicha universidad, mientras que Pérez es profesor titular de Economía Financiera y Contabilidad del mismo departamento. El denunciante, Ramiro Serrano-García, profesor en excedencia de la misma universidad, los demandó por plagio en un libro conjunto.

Los tres profesores, informa ABC, publicaron en 1998 de forma conjunta el manual «Análisis económico-financiero y patrimonial», del que el denunciante elaboró cuatro de los doce capítulos de la obra. El texto se reeditó en el año 2000 y se actualizó en 2007. Hasta ahí todo correcto, pero en 2008 el demandante solicitó la excedencia y se fue a enseñar a una universidad de Nueva Jersey (EE.UU.), la School of Accounting and Finance.

En noviembre de 2011 los demandados publicaron, a través de la web del Instituto de Censores Jurados de Cuentas, un libro titulado «Presentación y análisis de estados financieros», firmado únicamente por José Antonio Gonzalo y Antonio Javier Pérez. El profesor Serrano-García los demandó con el argumento de que esta obra era «sustancialmente idéntica a la realizada en colaboración por todos ellos, cambiando simplemente la maquetación». Los demandados alegaron que «Presentación y análisis de estados financieros» «es una obra distinta, fruto de un nuevo encargo» del Instituto de Censores Jurados de Cuentas.

«Texto didáctico»

Siempre según ABC, los profesores también intentaron restar importancia a la obra inicial, la firmada por los tres, sosteniendo que «Análisis económico-financiero y patrimonial» es «simplemente un texto didáctico, en ningún caso una obra científica»en el que el demandante colaboró pero en ningún momento escribió de forma autónoma y con total libertad de creación los capítulos 4, 5 , 9 y 11».

Según refleja la sentencia, de fecha 12 de diciembre de 2019, «la obra derivada es el resultado del ejercicio del derecho de transformación, lo que implica que se trata de una obra nueva distinta, que parte de otra preexistente (la originaria) de la cual toma prestado en mayor o menor medida, elementos protegidos o protegibles por derechos de autor con un resultado original».

La condena

Por todo ello, la magistrada declara que el segundo libro «es una revisión /actualización de la obra «Análisis económico-financiero y patrimonial» en la que se omite el nombre del actor como autor lo que constituye una vulneración del derecho de autor», por lo que condena a los dos profesores y al Instituto de Censores Jurados de Cuentas «a estar y pasar por esta declaración».

No se establece indemnización, entre otros motivos, porque el libro no se vendía como tal, sino que los alumnos que se matriculaban en un curso que costaba 150 euros lo podían descargar de la plataforma digital. Además, los demandados lo retiraron en cuanto recibieron el requerimiento. Eso sí, tienen que reconocer el presunto plagio.