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Factura eléctrica: ¿medidas urgentes o soluciones a largo plazo? / Por María Bertrán Girón

Factura eléctrica: ¿medidas urgentes o soluciones a largo plazo? / Por María Bertrán Girón

En los últimos meses nos hemos acostumbrado a ver y escuchar diariamente en los medios el precio de la electricidad como noticia de cabecera, y con razón. Su continua subida, unida a la entrada en vigor de un nuevo sistema tarifario en junio pasado (Circular 3/2020 de la CNMC), han hecho que se convierta en uno de los temas centrales de cualquier conversación.

Por un lado, la nueva normativa fomenta un cambio de hábitos en la ciudadanía al penalizar el consumo en horarios punta (cuando los hogares usan más energía eléctrica) e incentivarlo cuando se hace en horarios valle (horas con poca demanda en la red).

Esta discriminación horaria ya existía en todos los suministros industriales o a empresas (más de 15 kW), pero era sólo una opción en los domésticos dentro del mercado regulado (tarifa PVPC). Moraleja: tocar el bolsillo casi siempre funciona si de cambiar conductas de consumo se trata.

Por otra parte, el precio de la electricidad en el mercado mayorista (pool diario) está al alza desde hace tiempo. Esta subida ha sido especialmente acusada en agosto y septiembre, cuando ha pasado de máximos diarios de 100 a unos 190 €/MWh. Valores nunca antes vistos, casi el doble en menos de dos meses.

Parece lógico pensar que esta subida en la factura eléctrica se traducirá, antes o después, en la subida de precios de los productos finales que compran los ciudadanos diariamente.

Shutterstock / kaprik.

Decisiones de urgencia

El Gobierno español ha tomado medidas para intentar frenar esta escalada de precios. Así, el pasado 14 de septiembre promulgó el Real Decreto Ley 17/2021 de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados internacionales. Veamos ahora las alternativas que había para intervenir el mercado eléctrico y lo que finalmente se ha hecho.

En primer lugar, hay que conocer qué conceptos tiene la factura eléctrica, para ver dónde se pueden aplicar medidas:

  1. Existe un término fijo, por potencia contratada, cuyo precio viene fijado por los llamados peajes, regulados por BOE y modificados con la nueva tarifa.
  2. Luego está el término variable, por consumo de energía, que es la parte principal de la factura y cuyo precio final es la suma muchos conceptos: unos libres (el precio de la electricidad en el mercado mayorista y el pago a la comercializadora) y otros regulados (los peajes y otras variables menos conocidas: sistemas de ajuste, pagos por capacidad, tasas del operador de mercado y de sistema, pérdidas que se producen en la red y tasa municipal que se cobra por el uso del subsuelo).
  3. Finalmente, sobre ambos términos se calculan los impuestos: el Impuesto Especial sobre la Electricidad y el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Las medidas aprobadas en el real decreto ley se aplican tanto en la parte regulada (la que compete al Gobierno) como en la parte que afecta al mercado mayorista, siendo esto último más polémico por su discutible viabilidad jurídica al alterar las condiciones del mercado eléctrico español, que sigue los parámetros de mercado marginalista marcados desde la UE.

Más recaudación, menos impuestos

En relación con la parte regulada, hay varios conceptos sobre los que puede actuar el Gobierno. El primero de ellos son los cargos eléctricos del sistema, sobre los que tiene competencias y que son una parte muy importante de los peajes, que costean una serie de partidas presupuestarias de mantenimiento del sistema eléctrico.

Debido al aumento de la recaudación tributaria por la factura eléctrica, que supera lo prevista para 2021, el Gobierno ha podido aplicar una reducción en estos cargos del 96 %, tanto en los que aplican en el término de potencia como en el de energía, hasta el próximo 31 de diciembre.

También se han reducido los impuestos. Por un lado, se ha bajado el Impuesto Especial sobre la Electricidad del 5,1127 % al 0,5 %. Este es un impuesto estatal cuya recaudación está cedida a las comunidades autónomas.

¿Puede el Gobierno central adoptar esta decisión sin consultar a las comunidades? Sí, la norma se lo permite, pero debe compensarlas económicamente por lo que han dejado de ingresar. La bajada de este impuesto tiene efecto inmediato porque su cuantía se une a los diversos importes que en conjunto forman la base sobre la que se aplica el IVA en la factura eléctrica.

Por otro lado, está la aplicación del IVA reducido del 10 % para consumos domésticos (en lugar del 21 % habitual). Esta medida no es nueva pues está en vigor desde junio. Lo que se ha hecho es prorrogarla hasta finales de 2021.

También se ha prorrogado la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE), del 7 %. Este tributo lo pagan las eléctricas aunque lo acaban repercutiendo al consumidor. Ahora bien, no queda claro hasta qué punto esta medida transitoria ha supuesto una bajada o no en la factura pues lleva suspendido desde junio y el precio no ha parado de subir.

Está claro que cuando se añade un coste, a través de impuestos o de cualquier otra vía, éste se ve repercutido de inmediato en el precio, pero cuando el proceso es a la inversa la ecuación no está tan clara. A ello se une el mensaje de transitoriedad en la duración de la medida.

Minorar retribuciones

El Gobierno también ha aplicado medidas que buscan actuar sobre el precio de la electricidad en el mercado mayorista y que consisten en minorar la retribución a las plantas de producción eléctrica no emisoras de CO₂. En este punto hay que tener en cuenta que España está integrada en el mercado eléctrico europeo, en el que la fijación de precios es marginalista para maximizar el beneficio tanto de productores como de los consumidores de los países de la UE.

Es muy delicado intervenir en este punto porque se cambian las reglas del juego para las eléctricas afectadas y eso anticipa un probable recorrido judicial, ámbito en el que el Estado español ya ha tenido malas experiencias.

No obstante, el mercado tiende a reajustarse por sí solo y no sería de extrañar que los productores quieran encontrar acomodo con un nuevo ajuste de precios al alza, lo cual habrá de vigilarse desde la CNMC, el ente regulador del mercado eléctrico.

Soluciones, mejor a largo plazo

Las medidas tomadas por el Gobierno son, en su mayoría, de efecto inmediato. Dan grandes titulares y tratan de responder también a la tensión generada por las subidas de precio: se pierde en recaudación pero se alivia el bolsillo de los ciudadanos. No obstante, esas bajadas de peajes y de impuestos son factibles por los ingresos extra provenientes de la subida del precio de la luz.

No obstante, estas son medidas cortoplacistas que no solucionan el problema de fondo. Hay un hecho fundamental, que es la gran dependencia energética que tiene España del gas natural y cómo su precio afecta de forma directa y proporcional al precio de la electricidad. Este gas se importa de otros países y tampoco para de subir debido a factores geopolíticos.

En este escenario, la capacidad de actuación inmediata es escasa pero es necesario revisar, a medio y largo plazo, el sistema español de generación de energía. Estas actuaciones no deben estar diseñadas desde la búsqueda del voto sino que más bien deben ser fruto del consenso entre parlamentarios para dar una solución definitiva a este problema.

Hay que dejar de parchear o forzar la ley para crear un efecto inmediato de aparente bajada de precios que luego pueda acabar pasando factura, ¡y qué factura!, a futuros gobiernos y a los ciudadanos, que son los que permanecen en el tiempo.


El ingeniero experto en gestión energética Luis Guerrero Gómez es coautor de este artículo.The Conversation


María Bertrán Girón es profesora Doctora en Derecho Financiero y Tributario en la Universidad Loyola Andalucía.

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation.