Estas nuevas restricciones entran en vigor con carácter inmediato y tienen una duración inicial de 14 días pudiendo prorrogarse hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad
Ante la expansión de la Covid-19 en las localidades guadalajareñas de Villanueva de la Torre y Marchamalo, la Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Guadalajara, ha emitido una resolución para la adopción de medidas especiales restrictivas complementarias.
La implementación de las nuevas restricciones, originada al encontrarse ambos municipios en un escenario de transmisión comunitaria, se debe realizar de manera inmediata, tal y como ha ocurrido en otras localidades de la provincia.
Incidencia de coronavirus en Villanueva de la Torre y Marchamalo
Según recoge la resolución, en el caso de Villanueva de la Torre (foto superior), en las semanas epidemiológicas 39 y 40 se han declarado 35 casos de Covid-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en estos 14 días de 532,5 casos por 100.000 habitantes. La razón de tasas de incidencia entre estas dos semanas es de 1,50 (IC 95%), lo que indica una tendencia creciente de una semana a otra en un contexto de elevada incidencia.
En cuanto a Marchamalo (foto inferior), se han declarado 41 casos en las semanas epidemiológicas 39 y 40, lo que supone una tasa de incidencia acumulada de 548,57 casos por 100.000 habitantes y que, al igual que sucede en el caso de Villanueva de la Torre, está claramente por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha.
Las medidas decretadas se refieren a restricciones en locales y servicios abiertos al público, tanto privados, como los que se prestan desde las distintas administraciones. Estas nuevas medidas que entran en vigor con carácter inmediato tienen una duración inicial de 14 días pudiendo prorrogarse hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad. Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la epidemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se adoptarían medidas complementarias, de las que se informaría oportunamente.
Algunas de las medidas
– Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
– Supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes. El aforo en locales cerrados de hostelería se reduce al 50%. El aforo de terrazas de bares y restaurantes se reduce al 75%.
– Se suspende la actividad en los Centros de Día.
– Se suspenden las visitas de familiares y amigos a las Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
– Se prohíben salidas al exterior de residentes en estos centros salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento.
– Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
– Restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres a un máximo de 10 personas.
– Restricción del número de personas en eventos sociales como bodas y bautizos (máximo 25 personas).
– Prohibición de consumo de alcohol en la vía pública, y refuerzo de los controles y aplicación de sanciones correspondientes.
– Suspensión de actividades colectivas de ocio como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
– Suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas…)
– Suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, asociaciones, peñas o particulares.
– Cierre cautelar de Bibliotecas y Museos.
– Suspensión de espectáculos deportivos con asistencia de público.
– Supresión de espectáculos taurinos.
– Suspensión de mercadillos y mercados al aire libre.
– Cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas .
– En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
– Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
– Recomendación a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
– Recomendación a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.